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LINA MARCELA ROLDAN PRIETO - Gerente

Objetivos y Funciones

Objetivos

La EMPRESA PARA EL DESARROLLO TERRITORIAL, PROYECTA, tiene por objeto social:

Gestar, promover, impulsar y ejecutar todas las actividades comerciales, industriales, de servicios, construcción y de consultoría directa o indirectamente relacionadas con el diseño y ejecución de políticas, planes, programas y proyectos de vivienda, infraestructura y equipamiento colectivo y comunitario que contribuyan al logro de viviendas y entornos digno.

Funciones

La EMPRESA PARA EL DESARROLLO TERRITORIAL, PROYECTA, ejercerá en general odas las acciones y actividades directa o indirectamente relacionadas con su objeto y en particular las siguientes:

1. Identificar, evaluar y estructurar técnica, financiera y legalmente programas y proyectos de vivienda, infraestructura y equipamiento colectivo y comunitario.

2. Gerenciar directa e indirectamente el desarrollo de los proyectos relacionados con su objeto social.

3. Adquirir o enajenar a cualquier título derechos reales sobre bienes inmuebles, usando los mecanismos contemplados en la ley para entidades de su naturaleza.

4. Recibir, habilitar y administrar, cuando hubiere lugar a ello, inmuebles fiscales de la nación, del departamento y de los municipios o de sus entidades descentralizadas, que puedan ser destinados a vivienda o equipamiento.

5. Celebrar cualquier negocio jurídico necesario para el cumplimiento de su objeto social y las funciones de la empresa, conforme a la ley.

6. Comercializar y ofertar servicios de interventoría, construcción, diseño, formulación de proyectos y los demás inherentes a su objeto social.

7. Enajenar bienes inmuebles, a favor de entidades públicas o de personas naturales o jurídicas del sector privado, y adoptar, cuando sea el caso, mecanismos que garanticen la construcción de vivienda, infraestructura y equipamiento.

8. Gestionar y Canalizar los recursos provenientes del subsidio familiar de vivienda, conforme a la ley, para programas de Vivienda que promueva la EMPRESA PARA EL DESARROLLO TERRITORIAL, PROYECTA en desarrollo de su objeto, al igual que otorgar subsidios con los límites y requisitos establecidos en las normas correspondientes.

9. Participar en cualquier tipo de sociedades o asociaciones, hacer aportes, adquirir o enajenar cuotas o partes de interés, según el caso, siempre y cuando su objetivo social esté directa o indirectamente relacionado con el de la EMPRESA PARA EL DESARROLLO TERRITORIAL, PROYECTA, previa obtención de las autorización y realización de los trámites a que haya lugar.

10. Participar en entidades gestoras para la promoción y ejecución de proyectos relacionados con el objeto de la entidad.

11. Cobrar por los servicios prestados, conforme a los precios del mercado.

12. Gestionar ante las entidades correspondientes la adjudicación de todo tipo de bienes sobre los cuales se haya declarado extinción de dominio, o que puedan ser materia de sesión por el Estado en cualquier nivel por motivos de utilidad pública, de conformidad a la normatividad que regulen la materia.

13. Velar por el cumplimiento de las normas urbanísticas, arquitectónicas y técnicas, por parte de los desarrolladores de los proyectos promovidos por la entidad.

14. Promover la oferta masiva de suelo urbano para facilitar la ejecución de proyectos integrales de vivienda y equipamiento.

15. Desarrollar las funciones propias de los bancos de tierras o bancos inmobiliarios, respecto de inmuebles destinados en particular para la ejecución de proyectos urbanísticos, infraestructura y equipamiento.

16. Promover la organización comunitaria para facilitar el acceso al suelo destinado a proyectos de vivienda.

17. Promover la suscripción de convenios asociativos para el desarrollo y oferta de proyectos habitacionales y de equipamiento, consultando siempre los precios del mercado, buscando la defensa de los intereses patrimoniales de la entidad y con base en los procedimientos establecidos por las normas vigentes sobre la materia.

18. Asesorar a la comunidad en general para el aprovechamiento de los derechos a subsidio familiar de vivienda.

19. Desarrollar todas las actividades relacionadas con la promoción y desarrollo de proyectos de vivienda y equipamiento, con el fin de obtener de fuentes públicas y privadas, recursos e insumos para su ejecución.

20. Participar en el desarrollo de proyectos de vivienda, infraestructura y equipamiento, aportando recursos técnicos y financieros.

21. Solicitar y obtener créditos o recursos de cooperación, de entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales, con el fin de desarrollar el objeto social de la empresa.

22. Promover e implementar acuerdos y alianzas para facilitar a los beneficiarios de sus programas de vivienda el acceso al crédito, con las garantías y procedimientos a que haya lugar. En el caso de créditos conferidos directamente por la entidad, se harán previa creación de un fondo rotatorio de crédito que será reglamentado en sus estatutos.

23. Promover e implementar acuerdos y alianzas para facilitar a los beneficiarios de sus programas de vivienda el acceso al crédito con las entidades financieras del departamento.

24. Adquirir directamente materiales, insumos y equipos para la construcción de los programas de vivienda, infraestructura y equipamiento, enajenarlos o aportarlos en proyectos.

25. Velar por el correcto funcionamiento del banco virtual de materiales, logrando establecer alianzas entre la empresa, los productores y los proveedores, en beneficio de la comunidad en general y en concordancia con su objeto social.

26. Realizar inversiones de bienes del Departamento, entidades publicas o privadas con la finalidad de adecuarlos o realizar estudios de prefactibilidad para adelantar proyectos en cumplimiento del objeto social de la Empresa.

27. Realizar la intervención para la construcción y mejoramiento tanto de vivienda como de infraestructura y equipamiento colectivo y comunitario en el Departamento del Quindío en cumplimiento de su objeto social.

28. Programar, ejecutar, controlar y evaluar planes y programas de diseño, construcción, conservación y mantenimiento de la infraestructura vial, urbanística y de servicios públicos al igual que del equipamiento colectivo y comunitario del Departamento.

29. Realizar, en competencia con el servidor privado, proyectos de vivienda, infraestructura y equipamiento colectivo y comunitario, mantenimiento de la infraestructura vial, urbanística y de servicios públicos o similares.

30. Las demás que le sean asignadas de manera expresa por las normas nacionales o departamentales o por la Junta Directiva, de conformidad con las disposiciones legales, los estatutos y el objeto social de la Entidad.